Certificado de Origen: Documento particular que identifica las mercancías y en el cual la autoridad u organismo habilitado para expedirlo certifica expresamente que las mercancías a las cuales se refiere son originarias de un país determinado. Este certificado puede igualmente incluir una declaración del fabricante, productor, abastecedor o exportador o cualquier otra persona competente.
Notas:
1. En esta definición el término “país” puede comprender igualmente un grupo de países, una región o una parte de un país.
2. Los formularios determinados de origen han sido establecidos en el Anexo D.2 de la Convención de Kyoto y en el marco del sistema generalizado de preferencias, así como en cada acuerdo comercial, sea, acuerdo de complementación económica o tratado de libre comercio.
Para que las mercancías puedan beneficiarse de los tratamientos preferenciales negociados en los Acuerdos suscritos, deberán calificar como “originarios” de conformidad con lo establecido en el Régimen de Origen de cada Acuerdo.
La certificación de origen es la tarea de acreditar que los productos que sean exportados acogiéndose a un beneficio arancelario, cumplan con la regla de origen establecida en el Acuerdo correspondiente.
¿EN QUÉ CONSISTEN LAS NORMAS DE ORIGEN?
Las normas de origen consisten en un conjunto de requisitos que debe cumplir una mercancía en su proceso productivo, en relación con la utilización de insumos y bienes intermedios, para determinar el país en el cual ha sido producida.
En los Acuerdos de Libre Comercio las normas de origen se usan para determinar si un producto califica para el trato arancelario preferencial cuando es exportado entre los países que participan en el Acuerdo.El objetivo es impedir que los bienes producidos en terceros países y que sólo han transitado o han sido objeto de una transformación mínima en los países participantes de un Acuerdo reciban un trato arancelario preferencial.
¿QUÉ ES Y PARA QUE SIRVE UN CERTIFICADO DE ORIGEN?
El certificado de origen, es el documento fundamental para acreditar el origen de un producto que se destina a la exportación y que permite acogerse a las preferencias arancelarias que se han pactado según las normas de origen establecidas en los distintos Acuerdos Comerciales.
Se encuentran excluidas de este trámite las exportaciones acogidas a los Tratados de Libre Comercio con Canadá, México, Centroamérica, Estados Unidos y Corea, dado que el exportador debe certificar el origen de sus productos.
¿CUÁNDO SE UTILIZA UN CERTIFICADO DE ORIGEN?
Se utiliza al momento de solicitar un tratamiento preferencial para efectuar la importación del producto.
¿QUIÉNES EMITEN LOS CERTIFICADOS DE ORIGEN?
Los certificados de origen los emiten las entidades gremiales y gubernamentales, dependiendo del Acuerdo y del tipo de producto.
ENTIDADES GUBERNAMENTALES
Comisión Chilena del Cobre (COCHILCO), entidad habilitada para emitir certificados de origen para los países en el marco de la ALADI/MERCOSUR/PERU/SGP
Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA), entidad habilitada para emitir certificados de origen para los países en el marco de la ALADI/MERCOSUR/PERU/SGP.
Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), entidad habilitada para emitir certificados de origen para los países en el marco de la ALADI/MERCOSUR/PERU/SGP.
Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON), entidad habilitada para emitir certificados de origen para la Unión Europea y EFTA.
ENTIDADES GREMIALES
Cámara Nacional de Comercio, entidad habilitada para emitir certificados de origen para los países en el marco de la ALADI/MERCOSUR/PERU/SGP (sólo para los productos agrícolas y maderas en bruto).
Sociedad de Fomento Fabril, entidad habilitada para emitir certificados de origen para los países en el marco de la ALADI/MERCOSUR/PERU/SGP (Sólo productos industriales).
¿QUE ES LA AUTO - CERTIFICACION?
Significa que el propio exportador es quien declara el cumplimiento del carácter originario del producto.
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